martes, enero 09, 2007

MISION VEHICULOS VERDE AMBIENTE

Recientemente fue publicado en las noticias nacionales que sobre las cifras de muertes en el país (Venezuela) el primer día del año(2007) se registraron 32 decesos a consecuencia de accidentes de tránsito ocurridos en diferentes arterias viales, informó el director de Protección Civil, Antonio Rivero. Ver http://www.eluniversal.com/2007/01/04/sucgc_art_131787A.shtml
El funcionario aseguró que la principal causa de los accidentes de tránsito fue la imprudencia. Alegó que el fenómeno se debe en parte al incremento del parque automotor en todo el paí­s. Explicó que muchas ví­ctimas eran personas inexpertas y además se sumó la soledad de las ví­as que les permitió incrementar la velocidad a lí­mites peligrosos.
Sobre el tema del incremento del parque automotor en Venezuela y sus consecuencias en materia ambiental propondremos algunas soluciones para mejorar la calidad de vida de los venezolanos.
Para nadie es un secreto que las medidas adoptadas por el ejecutivo nacional en materia de Control de Cambio, incremento de la actividad crediticia de la banca, Plan Venezuela Móvil, etc, ha generado que el sector industrial automotriz se este motorizando a revoluciones aceleradas, pero, también ha traído sus consecuencias, tales como aumento de la población automotriz, caos vial, incremento de enfermedades respiratorias tales como Sí­ndrome de deficiencia respiratoria, ASMA, como producto de la emisión de gases tóxicos (CO2 o el humo del aceite) de las chatarras rodantes o vehículos en mal estado que se encuentran aún rodando en nuestras ciudades.
Entonces que hacer, como producto del éxito indiscutible que han tenido las misiones en el paí­s para cada uno de los problemas que mas aquejan al venezolano propongo la MISION VEHICULOS VERDES
En que consiste esta misión netamente ambiental y de salud:
1. El gobierno Nacional mediante Decreto Presidencial y en colaboración de todos los poderes, ordene recoger de manera voluntaria todos aquellos vehí­culos que circulan en el territorio que se reencuentren en franco deterioro o potencial riesgo de contaminar el ambiente emitiendo a su vez un censo con los datos económicos y sociales de su dueño.
2. Coordinar a través del Ministerio de Ambiente, Ministerio de Finanzas, Ministerio de Industrias Ligeras, la compra de Vehículos que se puedan sustituir a la brevedad posible, dependiendo de la necesidad de reposición del vehiculo a todo aquel ciudadano que necesite el vehiculo como modo de vida.
3. Establecer por medio de un centro de avaluo, reconocimiento del costo del vehiculo a desincorporar, permitiendo que este monto sirva como inicial para la compra de un nuevo vehiculo para que entre en la lista del PLAN Venezuela Móvil como PRIORITARIO.
4. Aquellas personas que dependan del vehiculo como medio recibirá una compensación diaria (salario mí­nimo) mientras se recibe el nuevo vehiculo (se exceptua aquellos propietarios que poseen varios vehículos y que lo explotan al máximo.
5. Los vehí­culos desincorporados serán desarmados permitiendo que las piezas de hierro sean recicladas por empresas cooperativas de fundición. Generando empleos directos e indirectos al sector industrial.
6. Esta medida también permite disminuir las importación de piezas o chatarras que entran al paí­s, permitiendo así­ obtener una importante reducción de la fuga de capital y tramites en CADIVI por ese concepto.
7. La reducción del parque chatarra permitirá disminuir accidentes y muertes causadas por desperfectos mecánicos, así­ contribuir con nuestro ambiente.
LA CONTITUCION DE NUESTRA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Establece:
Artículo 128. El Estado desarrollará una política de ordenación del territorio atendiendo a las realidades ecológicas, geográficas, poblacionales, sociales, culturales, económicas, polí­ticas, de acuerdo con las premisas del desarrollo sustentable, que incluya la información, consulta y participación ciudadana. Una Ley Orgánica desarrollaría los principios y criterios para este ordenamiento.
Artículo 129. Todas las actividades susceptibles de generar daños a los ecosistemas deben ser previamente acompañadas de estudios de impacto ambiental y socio cultural. El Estado impedirá la entrada al país de desechos tóxicos y peligrosos, así como la fabricación y uso de armas nucleares, quí­micas y biológicas. Una ley especial regulará el uso, manejo, transporte y almacenamiento de las sustancias tóxicas y peligrosas.
En los contratos que la República celebre con personas naturales o jurí­dicas, nacionales o extranjeras, o en los permisos que se otorguen, que afecten los recursos naturales, se considerará incluida aun cuando no estuviera expresa, la obligación de conservar el equilibrio ecológico, de permitir el acceso a la tecnologí­a y la transferencia de la misma en condiciones mutuamente convenidas y de restablecer el ambiente a su estado natural si éste resultara alterado, en los términos que fije la ley.
Artículo 127. Es un derecho y un deber de cada generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y ecológicamente equilibrado. El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, los recursos genéticos, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia ecológica. El genoma de los seres vivos no podrá ser patentado, y la ley que se refiera a los principios bioéticos regulará la materia.
Artículo 130. Los venezolanos y venezolanas tienen el deber de honrar y defender a la patria, sus símbolos y, valores culturales, resguardar y proteger la soberanía, la nacionalidad, la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.

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