martes, noviembre 28, 2006

Otro abusos Mas en Venezuela, esta vez en las Ventas de Vehiculos



En Venezuela, para nadie es un secreto estamos viviendo una época de excesiva liquidez como producto de la bonanza petrolera y las medidas adoptadas por el gobierno nacional. En esta época navideña, la liquidez está tan elevada, que los bancos no dejan de crear instrumentos financieros, sorteos y otras operaciones para salir o mover sus excedentes de dinero para generar ingresos por el producto de sus servicios. Asimismo, las medidas adoptadas por el ejecutivo, tales como el Control Cambiario, control de las tasas de interés, eliminación de prestamos con intereses indexados, disminución de bonos del estado y otros, obligan a que la BANCA, recurra a su razón principal o se lo comen sus pasivos. Entonces, PRESTAR DINERO es la vía que les queda, entonces envían tarjetas de Crédito, Prestamos para las operaciones de PYME, Proyectos, para comprar Casas, bienes y otras actividades.
Anteriormente a la medida aplicada por el gobierno, conjuntamente con la devaluación del bolívar (vía impositiva para obtener recursos para el estado) la banca utilizaba el dinero excedente en la compra de dólares, bonos del gobierno y otros instrumentos para obtener renta sin tener que recurrir a sus clientes bases. Era entonces cuando la banca decidía a discrecionalidad a quien prestar o no. Por ejemplo, muchas personas entregaban depósitos como garantía de que la banca les prestaría el dinero para adquirir viviendas. Pues entonces perdían o corrían el riesgo de que dichos depósitos los tomara el vendedor del bien inmueble al vencerse el lapso y la banca no responde a la solicitud del préstamo, entonces esa perdida ocurre, por que no hay una obligación de tipo legal que proteja al depositante del dinero.
En estos momentos, muchas personas se les está aprobando créditos para comprar vehículos, pero que sucede que la demanda está por encima de la oferta y nuevamente los abusos están a la orden del día, por que no existe una ley que regule dicho comportamiento.
No es posible que los costos de los vehículos varíen sin control de una semana a otra. Asimismo, los concesionarios no colocan el precio del vehiculo visiblemente.
No es justo que el vendedor de un vehiculo te obligue a comprar las pólizas del vehiculo, los accesorios del carro, la matriculación y los dispositivos de seguridad con la esposa o familiar del dueño de la concesionaria que te está vendiendo el bien.
No es justo que no te informe al momento sobre las reglas de juego antes de solicitar presupuestos de los vehículos.
No es justo que el vendedor te excluya de manera clara por que la aprobación del banco no es la de su preferencia.
No es justo que el vendedor te excluya por que no le comprastes a el la poliza del vehiculo cuyo productor de seguros es el mismo dueño (disfrazado de esposa) del Concesionario.
No es justo que el vendedor te excluya por que no aceptes los incrementos de precios de los dispositivos de seguridad que ellos quieren venderte.
No es justo que no intervenga el estado en estos asuntos actualmente y que deje las reglas al libre albedrío, convirtiendo la venta en una forma abusiva contra el consumidor, y entubar todo sus el vendedor, otorgándole un superpoder inexistente.
Que solución podemos darle a este asunto.
A continuación propongo lo siguiente:
Denunciar la concesionaria de vehículos ante los organismos competentes y defensoría del pueblo por incumplimiento de la ley de Protección al Consumidor en sus artículos:
131.- Quien difunda noticias falsas, emplee violencia, amenaza, engaño o cualquier otra maquinación para alterar los precios de bienes, monedas, títulos o cualquier otro valor negociable, o para provocar o estimular la fuga de capitales, será sancionado con prisión de uno (1) a cuatro (4) años, con multa de treinta (30) a tres mil (3.000) Unidades Tributarias.
126. - Quien por medio de un acuerdo o convenio, cualquiera que sea la forma utilizada para hacer constar la operación, ocultarla o disminuirla, obtenga para sí o para un tercero, directa o indirectamente, una prestación que implique una ventaja o beneficio notoriamente desproporcionado a la contraprestación que por su parte realiza, incurrirá en delito de usura y será sancionado con prisión de (1) a tres (3) años, y serán sancionados con multa de cien (100) a tres mil (3.000) Unidades Tributarias. En la misma pena incurrirá quien en operaciones de crédito o financiamiento obtenga a título de intereses, comisiones o recargos de servicio una cantidad por encima de las tasas máximas respectivas fijadas o permitidas por el Banco Central de Venezuela.
119.- Los proveedores que no respeten las estipulaciones previstas en los artículos 21, 22 y 61 serán sancionados con multa equivalente en Bolívares de diez (10) a dos mil (2.000) Unidades Tributarias. Artículo 22.- Salvo que por disposición legal se le exija al consumidor o usuario cumplir con determinado requisito, no podrá negársele por otra causa la adquisición de productos que se tengan en existencia, ni condicionárselo a la adquisición de otro producto o a la contratación de un servicio, salvo que en la venta haya sido promocionada como una oferta en la cual se le precisa al consumidor o usuario, a través de cualquier medio, el número máximo de unidades que puede adquirir. El bien o servicio adicional no podrá vendérsele a mayor precio que aquel con que el producto se publicita. Multa por la Publicidad Falsa y Engañosa, Comercio Fraudulento, Trato Discriminatorio
50.- El monto del precio deberá indicarse en moneda nacional, de manera clara e inequívoca y éste se expondrán a la vista del público, ya sea que se refieran a bienes o a servicios, con excepción de aquellos que por sus características especiales el precio deba regularse de común acuerdo.
142.- Para la comprobación de las infracciones de esta Ley o de las disposiciones dictadas en su ejecución, el Instituto para la Defensa y Educación del Consumidor y del Usuario podrá ordenar que se practique las inspecciones necesarias en los centros de producción, en los establecimientos dedicados a la comercialización de bienes o a la prestación de servicios, y en los recintos aduanales y almacenes privados de acopio de bienes, debiéndose levantar un acta en la cual se hará constar específicamente todos los hechos relacionados con la presunta infracción, y la firmarán tanto el funcionario inspector como la persona a cargo de los aludidos establecimientos. Para tal fin, podrán requerir el auxilio de la fuerza pública para el mejor desempeño de sus funciones y una vez efectuadas, los funcionarios deberán presentar informe de las mismas.
YA BASTA DE ABUSOS!!!! ANTES ERAN LOS BANCOS AHORA LAS CONCESIONARIAS DE VENTA DE VEHICULOS!!!!

miércoles, noviembre 22, 2006

EVALUCION DEL PERSONAL Y LIDERAZGO

Hace días atrás comentaba con alguien, sobre algo que sucedió en una determinada organización. Resulta que un importante gerente de un departamento, fue calificado por la alta gerencia de la empresa con calificación mas alta de la organización (Excelente), debido a los logros alcanzados durante el período de gestión. Es decir, su estatus quo se mantenía con intensión a crecer y desarrollarse en otros puestos, asimismo, su calidad de vida aumentaria, pudiendo asistir a los clubes y eventos propios de su jerarqui­a.
Pues resulta que siendo el gerente de ese departamento, este LIDER, evaluar a TODOS sus supervisados con la calificacion mas baja, lo cual, a juicio de ellos, no merecieron recibir esta mencion debido a que el éxito alcanzado por el departamento fue producto de los trasnochos, calidad de gestión, respuesta inmediata a sus clientes, horas extras atendiendo problemas sin poder cobrar un pago adicional por estos esfuerzos. Por lo que esta calificación fue un desmejoramiento de sus cargos, también en su escala de sueldo y en desmejoramiento su calidad de vida.
La respuesta no se pudo esperar, el clima organizacional de volvía un infierno de manera instantanea, por lo cual, al año siguiente, estos supervisados en vez de mejorar la gestión, provocaría un desagrado general y la calidad del servicio que ellos prestaban, fue calificada muy mal en la siguiente evaluación, las perdidas alcanzadas no se materializaron de forma instantanea, sino, con el transcurso del tiempo. El daño se había gestado. Por tanto, el gerente "estrella", quiso corregir la situación con el despido de varios de sus subordinados. Lo que trajo como consecuencia fue un efecto "bumeran" que trajo como consecuencia su despido.
Existen varias preguntas que uno trata de hacerse.
1. Habrían recibido entrenamiento de liderazgo tanto el gerente como sus subordinados?.
2. Habrían recibido entrenamiento sobre Calidad de gestión?.
3. Están claramente definidas las reglas de evaluación de la gestión y los valores agregados o perdidas que estas pueden producir con el manejo del personal para disminuir en lo posible la subjetividad?.
4. Está la alta gerencia informada de los factores de riesgos que se manejan en los procesos de comunicación con el personal?.
5. Como está la situación actual de tu empresa, quien la está evaluando y a quien se está informando?.
6. Evaluamos la gestión efectuada versus los recursos aplicados (recurso humano y material)?
7. Evaluamos el clima organizacional de cada unidad?
8. Que tipo de información llega a la alta gerencia?
9. Estamos manipulando la información que manejamos?

Si estas de acuerdo o no con estos comentarios, escribenos y deja tu experiencia!!!

viernes, noviembre 17, 2006

LA MADURES DEL VOTANTE

Quizá este tema no tenga que ver con el objetivo del blog, pero pretende dar soluciones o al menos generar una opinión ya sea favorable o nó sobre el por que el poder está en el pueblo y no en su temor a los poderes de fuerza.
Bolivar nuestro gran lider en sus celebres pensamientos señaló uno que tiene una importancia maxima para todos los pueblos. El indicó lo siguiente: "Un pueblo ignorante, es un instrumento ciego de su propia destrucción".
Entonces que podemos tomar de esta celebre cita. Hemos aprendido en el transcurso desde 1811 hasta la fecha a votar a seleccionar al mejor.
Pues siglos pasan y democracias y dictaduras se han gestado. El asunto es que hemos madurado entonces.
Venezuela nuevamente va a votar el proximo 3 de Diciembre y nos preguntamos lo siguiente:
¿Cuantas promesas han realizado los anteriores presidentes y candidatos actuales que estén obligados a cumplirlas?
La respuesta es que no existen leyes en nuestros pueblos que obligen al ganador del la elección, ya sea un presidente, gobernador o alcalde a que cumpla lo que prometió, como tampoco existe legalmente un poder contralor o moral a exigirle, por que es muy facil seguir engañando a un pueblo con falsas promesas.
Recomendaciones
Unamonos todos a realizar un proyecto que oblige a tener madurez para votar.
Elegir a todos los poderes mediante elecciones y no a dedos.

Por que las empresas deben licitar para generar valor (segunda parte) El lucro cesante como garantia

El objetivo de este escrito ha sido del resultado de varias consultas y conversaciones "via pasillo" que me han efectuado varios compañeros de trabajo y amigos por casos relacionados a experiencias con "cooperativas" y otras empresas que han prestado servicio en grandes empresas y, por un comentario particular relacionado con un accidente vial ocurrido, en el cual un autobús de una contratista de una empresa, chocó contra un toro que repentinamente se atravesó en la vía, el cual murió en el acto y, con sus correspondientes consecuencias, asimismo del concepto de la aplicación de LEY GUAJIRA o WAYUU de pagar o resarcir los daños que causó el autobús a un animal que estaba en plena producción.
PLANTEAMIENTO
En muchas normas de contratación encontradas nos conseguimos con las "Políticas y Normas Generales" que establecen como principales políticas para contratar lo siguiente:
"Otorgar contratos en salvaguarda de los intereses de LA EMPRESA tomando en consideración ...la calidad técnica, ,…solvencia financiera de los contratistas…".
"Elaboración, Contenido y Firma del Contrato" El asunto de las GARANTIAS
Sobre este aspecto, refiere el mismo punto las empresas en su contrato podrá exigir a los contratistas pólizas de seguro, fianzas u otras garantías de efecto equivalente. Estas pólizas y fianzas serán otorgadas por compañías de seguros o institutos bancarios y podrán sustituirse por retenciones, a solicitud del contratista o por vía de excepción…
Dentro de las fianzas exigidas se encuentran: fiel cumplimiento, de anticipo, garantía solidaria, laboral y en los casos de las pólizas refiere la norma vigente, las relacionadas con Responsabilidad Civil General, Responsabilidad Civil para Vehículos (obligatoria según ley de Transito Terrestre) y RC para Embarcaciones.
OBSERVACION
Pero en la mayoria de los boletines sobre normas no se exige o no se encuentra la figura del Lucro Cesante (beneficio dejado de obtener).
Pero que es el lucro Cesante:
Según winipedia (portal web consultado), "El lucro cesante es una forma de daño patrimonial que consiste en la pérdida de una ganancia legítima o de una utilidad económica por parte de la víctima o sus familiares como consecuencia del daño, y que ésta se habría producido si el evento dañoso no se hubiera verificado. Es, por tanto, lo que se ha dejado de ganar y que se habría ganado de no haber sucedido un daño.
El lucro cesante ocurre cuando hay una pérdida de una perspectiva cierta de beneficio. Por ejemplo, el comerciante cuya mercancía ha sido destruida puede reclamar el precio de la misma, así como el beneficio que hubiera obtenido.
Si bien se admite generalmente la indemnización por lucro cesante, la jurisprudencia suele exigir una carga probatoria mucho mayor, y son mucho más cautelosos a la hora de concederla.
En Chile y Colombia, el lucro cesante constituye renta para efectos tributarios (está afecta a impuesto).
Para que se pueda conceder una indemnización por lucro cesante, la jurisprudencia exige dos requisitos:
Que el lucro cesante exista y pueda ser probado, junto con su relación directa con el daño causado. Este es el requisito más difícil.
Que pueda ser determinado económicamente la cuantía que se ha dejado de percibir. Por ejemplo, si una persona no pudo trabajar durante un mes por culpa de un daño causado, el lucro cesante sería su sueldo durante un mes (menos, en su caso, las pensiones que hubiera podido percibir).
Los tribunales no han fijado un criterio único, y depende en gran medida de las circunstancias y de las pruebas del caso concreto. Si el daño ha sido dentro de una relación contractual, dependerá también de los términos pactados en el contrato.
Obtenido de "http://es.wikipedia.org/wiki/Lucro_cesante"

EJEMPLOS EN UNA EMPRESA MINERA
Imaginemos que una maquina trituradora de roca mineral se dañó repentinamente y estamos esperando por un repuesto que no llega a tiempo, la parada de esta maquina afectó directamente un compromiso anteriormente establecido con un importante cliente. El resultado, una demora de entrega, la cual debe pagar la empresa Minera.
Imaginemos que la contratista no cumplió con la elaboración de una obra que directamente nos afectó la producción y dejamos de "ganar" u obtener un beneficio por su incumplimiento, solamente se exige la fianza de cumplimiento para los casos en que tengamos que recobrar los costos de la falta, pero quien nos paga lo dejado de ganar.
RECOMENDACIONES
Sobre la base de lo anteriormente indicado, se recomienda:
Consultar a una Sociedad de Corretaje o Agente de Seguros sobre los beneficios de esta póliza para la empresa.
Hacer un estudio de mercado sobre los precios de las pólizas (primas) para analizar sus ventajas e impacto en los costos.
Tomar en cuenta estos conceptos para nuestros activos y compromisos.
Proponer e incluir dentro de las normativas de contratación este concepto y, exigir que esta garantía sea aplicada en nuestros contratos tanto formas, ordenes de compras, servicios etc, en procura de los intereses de la empresa.

lunes, noviembre 06, 2006

EL POR QUE LAS EMPRESAS DEBEN LICITAR PARA GENERAR VALOR (1 Parte)

Existen en muchas empresa empleados que efectúan procesos licitatorios siguiendo patrones de la normas y procedimientos, sin llegar a tener conciencia exacta de lo que se persigue con licitar, por lo que toman posturas o barreras en su gestión, llegando inclusive a realizar acciones que atentan contra los intereses de la empresa para la cual trabaja e incluso cometen errores que pueden ser fatales para el ciclo de vida de la organización, por lo que de una simple acción, puede generar un caos en la misma.
El empleado mal entrenado, genera riesgos en sus procesos, por lo que la empresa debe evaluar y considerar los perfiles necesarios para que un empleado gestione con todo su potencialidades y generar valor agregado dentro de su gestión.
Cualquier empleado no puede gestionar negocios, por lo que debe reunir una serie de conocimientos de negocio, legales, financieros, de gestión presupuestaria, y sobre todo de medir riesgos para tomar decisiones:
En esta entrega se hace mención a los riesgos que debe tener un perfil para el manejo de los procesos licitatorios, al disminuir los niveles de riesgos, las probabilidades de generación de valor aumentan, por lo que al disminuir riesgos, se genera valor.

RIESGOS
Los riesgos debemos tomar este concepto como las probabilidades de que se realice un evento y pueda generar una serie de consecuencias fatales tanto en lo material, humano y en lo económico.
Veamos algunos ejemplos de estos eventos asociados al riesgo:
• Riesgos de elección correcta de la empresa ganadora: Esta referido a que se en muchos casos, las empresas seleccionan a la contratista ganadora tomando en consideración el que ha presentado una oferta muy por debajo de los promedios de las contratistas concursantes, por lo que se toma el riesgo de que esta empresa debe ser estudiada dentro de sus estructuras de costos ya que pueden originar eventos inesperados como no concluir obras a tiempo, solicitar un cambio de alcance o aumento de la obra, retrabado por mala calidad de la obra realizada, etc. Para este asunto es recomendable hacer una buena evaluación de riesgos de la misma, conocer su experiencia en otras empresas, sus razones financieras, evaluaciones posteriores etc. Se recomienda al momento de la firma del contrato exigir fianzas de cumplimiento de las obras.
• Riesgos Financieros: Existen empresas contratistas que ganan los procesos licitatorios sin haberse analizado previamente su posición económica para afrontar compromisos inesperados, por lo que el análisis económico, solvencia de las empresa y otras consideraciones debe ser tomadas en cuenta para ser invitadas.
• Riesgos laborales y de seguridad laboral: El desconocimiento de normas laborales, trae consigo un elevado nivel de riesgos, se ha visto por ejemplo como las organizaciones son demandas por desconocer la actividad conexa que realiza la contratista y como la misma incumple con las obligaciones formales en materia laboral. Por tanto las erogaciones de dinero que salen de la empresa por desconocer y controlar los riesgos por incumplimiento en materia laboral.
• Riesgos de la calidad del trabajo efectuado.
• Riesgos de obligación ante las autoridades (deberes formales): Esta parte se refiere a las multas o sanciones que reciben las empresas por no conocer del cumplimiento laboral.
• Riesgos de una Negociación: Muchas veces el valor agregado de un proceso licitatorio se pierde cuando la persona que esta asignada para negociar, desconoce del concepto de negociar, incluso toma acciones personales que van por encima de los intereses de un colectivo (organización con sus trabajadores). El negociar es un conocimiento, es una especialidad, no todo el mundo sabe negociar.

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